Desde la Asociación de Padres y Madres del Colegio, queremos haceros llegar una noticia de actualidad.
Como ya sabreis todos, y  tras la sentencia del Tribunal Supremo que declara exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) las prestaciones por maternidad,
 los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 (los anteriores han prescrito) han de presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.
Para  obtener más información, pincha en el logo de la Agencia Tributaria
 
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POLITICA DE PRIVACIDAD Y AVISO LEGAL